Cita DGT > Trámites > Transferencia de vehículo: cómo hacer el trámite, requisitos y documentación necesaria
Uno de los pasos más importantes en la compra o venta de un vehículo para hacer la transacción correctamente es hacer la transferencia del vehículo en la sede de Tráfico. Este trámite consiste en cambiar la titularidad del vehículo para que pase a nombre del comprador, es obligatorio y tiene implicaciones legales y fiscales para las dos partes. Entender cómo funciona, qué documentos se necesitan, cuánto cuesta y los errores que debes evitar puede ahorrar tiempo, dinero y futuros problemas.
La transferencia de un vehículo no es un proceso complicado pero requiere organización. La DGT no gestiona el pago de impuestos asociados a la compraventa, por lo que antes de acudir a la sede de Tráfico debe estar todo en regla.
Para poder hacer la transferencia del vehículo, lo primero es asegurarse de que puede cambiar de titular. Esto implica comprobar que no tiene cargas, embargos o sanciones pendientes que puedan impedir este trámite. Por eso es muy recomendable solicitar un informe del vehículo en la Dirección General de Tráfico. Este informe permite verificar que no hay multas pendientes de pago, que el vehículo no tiene ninguna reserva de dominio y que no hay ningún otro impedimento para la venta.
Otro punto clave es el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el ITP. Este impuesto lo debe pagar el comprador, excepto en las operaciones entre particulares que se hagan a través de concesionarios o compraventas, donde puede haber otros acuerdos. El ITP se paga en la comunidad autónoma del comprador y el importe varía según el valor fiscal del vehículo y el tipo impositivo de cada región. Para pagarlo se utiliza el modelo 620 o 621, que se presenta en la delegación de Hacienda autonómica o de forma telemática. Es importante conservar el justificante de pago ya que sin este documento la DGT no realizará la transferencia.
Cualquier vehículo que se transfiera debe tener la ITV en vigor, salvo excepciones como vehículos históricos o que estén dados de baja temporal. Si la ITV está caducada, el comprador tendrá que hacerse cargo de pasarla antes de poder circular legalmente.
Una vez verificados estos requisitos, es momento de preparar la documentación. Tanto el comprador como el vendedor deben presentar documentos originales y copias para acreditar su identidad y la operación. El comprador necesitará su DNI en vigor (o NIE o pasaporte). Si se trata de una empresa, se requerirá la tarjeta de identificación fiscal y la acreditación de la persona que actúa en su nombre. El vendedor debe llevar igualmente su documento de identidad y, si el vehículo está a nombre de una empresa, la documentación que acredite que la persona que firma está autorizada para hacerlo.
El contrato de compraventa es el documento principal que demuestra que ambas partes están de acuerdo con la operación. Debe estar firmado por comprador y vendedor y reflejar datos como la fecha de la operación, el precio pagado, la identificación completa de ambas partes y los datos del vehículo que se vende: matrícula, marca, modelo y número de bastidor. Aunque no es obligatorio registrar el contrato ante notario, es recomendable guardar una copia firmada por ambas partes como prueba en caso de futuros problemas o reclamaciones.
También es necesario presentar el permiso de circulación original del vehículo y la tarjeta de ITV con el sello de la inspección al día. El justificante de pago del ITP es imprescindible. Además, hay que rellenar el impreso oficial de solicitud de cambio de titularidad, que se puede descargar en la web de la DGT o recoger en la propia jefatura.
Para agilizar el proceso, muchos vendedores solicitan un certificado de estar al corriente de pago del Impuesto de Circulación (IVTM), que emite el ayuntamiento donde esté domiciliado el vehículo. Aunque no siempre es obligatorio, es muy recomendable, porque si el impuesto no está pagado puede retrasar la operación o generar conflictos entre comprador y vendedor.
Con toda la documentación preparada, llega el momento de solicitar la cita previa en la sede de Tráfico correspondiente. Actualmente, la DGT exige cita para prácticamente todos los trámites presenciales. La cita se puede pedir online a través de la página de la DGT o llamando al teléfono 060. Es recomendable reservarla con suficiente antelación, especialmente en ciudades donde la demanda es alta.
El día de la cita se debe acudir con toda la documentación organizada para evitar retrasos. Lo habitual es que el vendedor y el comprador vayan juntos, aunque no siempre es obligatorio que ambos estén presentes si toda la documentación está correctamente firmada. También se puede autorizar a gestorías o representantes para hacer la gestión en su nombre si no puedes acudir en persona.
Una vez en la ventanilla, el funcionario revisará que todos los papeles estén en orden, comprobará que el vehículo no tiene incidencias pendientes y solicitará el pago de la tasa de tráfico correspondiente a la transferencia. Esta tasa se actualiza periódicamente, por lo que conviene consultar su importe en la web de la DGT antes de ir. El pago puede hacerse con tarjeta o mediante modelo de autoliquidación. Tras completar el trámite, se expide el nuevo permiso de circulación a nombre del comprador. A partir de ese momento, el vendedor queda libre de responsabilidad sobre el vehículo y el comprador pasa a ser el titular legal, con todas las obligaciones que conlleva.
Aunque el cambio de titularidad se formaliza en la sede de Tráfico, siempre es recomendable notificar a la compañía de seguros para actualizar la póliza. Conducir un coche asegurado a nombre de otro propietario puede generar problemas en caso de siniestro. También es buena práctica verificar en el Ayuntamiento correspondiente que el IVTM esté domiciliado correctamente para evitar sorpresas con futuros recibos.
Hay algunos problemas habituales que pueden retrasar o complicar una transferencia de vehículo. El más frecuente es no comprobar que el vehículo está libre de cargas. Si un coche tiene una reserva de dominio —muy común en vehículos financiados—, esta debe cancelarse antes de venderlo. Lo mismo ocurre con embargos judiciales, multas impagadas o precintos administrativos. En estos casos, la DGT no permitirá el cambio de titularidad hasta que la situación esté regularizada.
Otro error común es no guardar una copia del contrato de compraventa. Si el comprador no realiza la transferencia en plazo, el antiguo titular sigue apareciendo como responsable en Tráfico, lo que puede traducirse en multas, impuestos o sanciones inesperadas. Para evitarlo, muchos vendedores optan por presentar una notificación de venta en la sede de Tráfico, que es un trámite gratuito que sirve como prueba de que el vehículo ha cambiado de propietario incluso si el comprador aún no ha terminado el proceso de transferencia.
También es importante evitar irregularidades como pactar una reducción del precio real en el contrato para pagar menos impuestos. Aunque parezca una práctica habitual, puede acarrear sanciones y problemas legales si Hacienda detecta discrepancias entre el valor declarado y el valor fiscal.
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